Las lesiones sufridas en establecimientos comerciales (comercios, cafeterías, restaurantes, centros comerciales, cines, etc..) como consecuencia del mal estado de sus instalaciones o de sus servicios (resbalones por agua en el suelo, tropiezos por escalones no señalizados, etc..), originan una responsabilidad civil, en la que incurre el local comercial, así como el derecho del perjudicado a reclamar la obtención de una indemnización por los referidos daños y perjuicios.
Las lesiones causadas por caídas en las vías públicas (calles, parques, paseos, etc..) por el mal estado de baldosas, escaleras o mobiliario urbano o por cualquier otro funcionamiento anormal de la vía pública producirán igualmente responsabilidad patrimonial de la administración y el ciudadano perjudicado tendrá derecho a reclamar al Ayuntamiento correspondiente y percibir la indemnización por las lesiones sufridas.
Una cuestión primordial a tener en cuenta en caso de sufrir una lesión por caída en establecimientos comerciales o en la vía pública, es la obtención de testigos y siempre que se pueda, la presencia de la policía local en el momento de la caída para que puedan elaborar un atestado manifestando las circunstancias de la caída, tanto en el caso de ser en un establecimiento comercial como en la vía pública.
En el caso de lesiones importantes, es interesante igualmente, contar con los servicios de un médico valorador del daño corporal para que determine con veracidad cuáles son las lesiones sufridas y cuál es su valoración indemnizatoria Legalius Abogados colabora con un amplio abanico de especialistas en este ámbito que podrá realizar el informe de valoración del daño que corresponda en cada caso.
Por regla general, tanto los establecimientos comerciales como los ayuntamientos, suelen estar respaldados por un seguro de responsabilidad civil para cubrir los supuestos de reclamación por las lesiones derivadas de caídas en los establecimientos o en la vía pública que se hayan originado por mal estado o funcionamiento de sus instalaciones.
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